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  Judiciales   28.09.2026 - 18:05   
La Corte definió que las investigaciones a Kueider sigan su curso por separado
Fue tras un pedido para unificar los expedientes por presuntos sobornos en Enersa y enriquecimiento ilícito. Ambos casos continuarán por separado.
La Corte definió que las investigaciones a Kueider sigan su curso por separado

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que continúen por separado las investigaciones judiciales que involucran al exsenador entrerriano Edgardo Kueider en la Justicia Federal de San Isidro y en los tribunales de Entre Ríos. El máximo tribunal rechazó el planteo de inhibición presentado por la jueza federal Sandra Arroyo Salgado contra el Juzgado de Garantías N° 2 de Concordia.


La resolución fue firmada el 23 de septiembre por los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz y fue comunicada al tribunal concordiense. De esta manera, la Corte no unificó los expedientes ni estableció que una de las jurisdicciones deba apartarse de la investigación que lleva adelante.


El conflicto había llegado al máximo tribunal luego de que Arroyo Salgado solicitara que el juez de Garantías N° 2 de Concordia, Edwin Ives Bastián, dejara de investigar parte de los hechos vinculados con el patrimonio de Kueider y remitiera las actuaciones a la Justicia Federal de San Isidro. El planteo había sido rechazado en la provincia y posteriormente elevado a la Corte.


El planteo de la Justicia Federal

De acuerdo a lo explicado por Análisis, la causa federal que tramita ante Arroyo Salgado se encuentra vinculada con la investigación sobre presuntos sobornos de la empresa Securitas a distintos organismos, entre ellos la empresa estatal entrerriana ENERSA. Kueider integró esa compañía como representante de la provincia y contaba con derecho a voto. En ese expediente también se analizan posibles delitos conexos.


Arroyo Salgado había planteado que la Justicia entrerriana se abstuviera de investigar el período comprendido entre 2015 y 2019, al considerar que podía existir una conexión entre los hechos analizados en ambos expedientes y que eso podía generar un riesgo de doble persecución penal. El pedido buscaba que la pesquisa patrimonial quedara concentrada en el fuero federal.


El Juzgado de Garantías N° 2 de Concordia rechazó esa pretensión y sostuvo que la investigación provincial abarca un período más amplio, comprendido entre 1999 y 2019, durante el cual Kueider ejerció distintos cargos públicos municipales y provinciales. La Cámara de Apelaciones entrerriana confirmó posteriormente esa decisión.


La investigación en Concordia

El expediente que tramita en Concordia analiza un posible incremento patrimonial apreciable y no justificado de Kueider durante el período comprendido entre 1999 y 2019. La investigación se inició a partir de información vinculada con su declaración jurada patrimonial y apunta a determinar el origen de determinados bienes y movimientos económicos atribuidos al exsenador.


En ese marco, la Justicia entrerriana consideró que el expediente provincial no debía quedar limitado por la investigación federal. El planteo de la jurisdicción local se basó, entre otros aspectos, en la diferencia entre los períodos investigados y en que los hechos analizados en ambas causas no habían sido establecidos como idénticos.


El juez Bastián había rechazado inhibirse y la Cámara de Apelaciones de Entre Ríos confirmó esa postura. Según los antecedentes incorporados al conflicto, la Cámara señaló que la intervención de Kueider analizada en la causa federal sería posterior a abril de 2019, mientras que la pesquisa entrerriana comprende un período iniciado en 1999.


El criterio de la Procuración

Antes de que la Corte resolviera el conflicto, el procurador general interino Eduardo Casal había recomendado rechazar el planteo de inhibición presentado desde el fuero federal. Su dictamen sostuvo que, en esta etapa de las investigaciones, no correspondía limitar el alcance de la pesquisa provincial.


Casal consideró que “un incremento patrimonial puede tener las más diversas causas” y sostuvo que los hechos investigados en la causa Securitas no excluyen la posibilidad de que durante el mismo período hayan ocurrido otros hechos con relevancia penal que correspondan a la Justicia entrerriana.


El procurador también contempló la preocupación planteada por Arroyo Salgado respecto de una eventual doble persecución penal, pero entendió que la inhibitoria no constituía el mecanismo adecuado en esta instancia. Según su criterio, será necesario que el avance de las investigaciones permita determinar si existe una coincidencia entre los hechos que pueda comprometer el principio de ne bis in idem.