La medida lleva la firma del Presidente de la Nación, Javier Milei, y del Secretario de Finanzas, Pablo Quirno Magrane, destacó el sitio El Entre Ríos.
Según consta entre los considerandos de la normativa, la remoción y posterior recambio obedecen a un requerimiento directo formulado por las autoridades entrerrianas. En el texto oficial se destaca que "la Provincia de ENTRE RÍOS, mediante nota del 2 de junio de 2026, ha solicitado dejar sin efecto dicha designación y, a su vez, ha propuesto al arquitecto Guillermo Daniel MARCONE para ocupar el citado cargo".
Cabe recordar que, conforme al régimen legal que regula el funcionamiento del organismo, la normativa establece que "el PODER EJECUTIVO NACIONAL designará, a propuesta de la Provincia de ENTRE RÍOS, a los TRES (3) integrantes de la Delegación Argentina ante la COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE indicando asimismo a quién le corresponderá la Presidencia de la Delegación".
Chagas había sido puesto en funciones mediante el Decreto N° 859 de fecha 27 de septiembre de 2024. Tras la solicitud del gobierno provincial, tomaron la correspondiente intervención técnica y jurídica la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
En su parte resolutiva, la norma emitida por la Presidencia de la Nación en uso de las atribuciones contempladas en el artículo 99, inciso 7 de la Constitución Nacional establece:
• "ARTÍCULO 1°.- Limítase la designación del señor Juan Carlos CHAGAS (D.N.I. N° 10.911.891) en el cargo de integrante de la Delegación Argentina ante la COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE."
• "ARTÍCULO 2°.- Desígnase en el cargo de integrante de la Delegación Argentina ante la COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE al arquitecto Guillermo Daniel MARCONE (D.N.I. N° 18.167.831)."
La Comisión Técnica Mixta de Salto Grande es el organismo binacional creado a partir del Convenio del 30 de diciembre de 1946 (aprobado por la Ley N° 13.213) entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay. Su fin principal radica en "obtener el mayor beneficio de las ventajas naturales que ofrece el Río Uruguay en la zona de Salto Grande para el desarrollo económico, industrial y social de ambos países", teniendo a su cargo "todos los asuntos referentes a la utilización, represamiento y derivación de las aguas del Río Uruguay".