El Gobierno Nacional introdujo modificaciones clave en la Ley 25.761, que regula el desarmado de automotores y la venta de autopartes, con el objetivo de simplificar y digitalizar los trámites administrativos del sector. Los cambios fueron oficializados mediante el Decreto 428/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial.
A partir de esta reforma, se establece que la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios será la encargada de implementar una plataforma digital destinada a gestionar los legajos de baja y desarme de vehículos en todo el país.
En ese marco, se informó que en la nueva plataforma, “los interesados en solicitar dicha baja y desarme de un vehículo deberán cargar la documentación que resulte necesaria para identificar y acreditar el registro del vehículo y las fotografías en color de este que exhiban su estado al momento de su entrega”.
Actualmente, este trámite se realiza de manera presencial, con la obligación de presentar la documentación en formato papel y una fotografía impresa del vehículo. Sin embargo, el nuevo sistema digital coexistirá temporalmente con el método tradicional hasta que la plataforma esté completamente operativa.
Además de digitalizar el proceso, el decreto también reduce los requisitos exigidos al documentar el ingreso y egreso de vehículos y autopartes en los desarmaderos. Según se estipula, “por cada automotor ingresado para su desarme deberán registrar: marca, modelo, número de pieza y certificado de baja y desarme”.
Por otra parte, se estableció una normativa más estricta sobre la disposición final de piezas inutilizables, al señalar que “las piezas no aptas para su reciclaje deberán ser destruidas”, con el fin de evitar su circulación en el mercado informal.
Reducción de cargas burocráticas y mayor eficiencia
Hasta la modificación actual, se exigían datos adicionales como tipo de combustible, país y establecimiento de fabricación, destino de cada autoparte y sus números de identificación. Muchos de estos requerimientos, según el Ejecutivo, entorpecían la operatoria de los desarmaderos registrados.
En este sentido, el decreto argumenta que “las exigencias del trámite en el formato físico han devenido obsoletas a la luz de los avances tecnológicos disponibles”.
Asimismo, destacó que “la multiplicidad de datos a registrar para cada vehículo, muchas veces redundantes o duplicados, entorpece la operatoria regular de quienes integran el Registro Único de Desarmaderos de Automotores y Actividades Conexas”.
También se señaló que estos requisitos “imponen cargas operativas innecesarias que no contribuyen de manera efectiva al control o a la trazabilidad del proceso por parte del Estado Nacional”, remarcando la necesidad de aligerar el procedimiento sin perder capacidad de fiscalización.
Fuente: Boletín Oficial