A dos semanas de su sanción en Diputados, el Gobierno promulgó la ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares y del Ambiente Periglacial. Publicada este viernes en el Boletín Oficial bajo el número 27.804, la norma reduce las superficies bajo resguardo ambiental, habilita la actividad minera en zonas antes protegidas y otorga mayores competencias a las provincias para la gestión de sus recursos
El Ejecutivo apuntó sus cañones sobre esta ley con el fin de fomentar inversiones que impulsen la extracción de cobre y litio. En la Cámara baja, el trámite parlamentario obtuvo 137 votos positivos, 111 negativos y 3 abstenciones. En el Senado, el recuento final dio un saldo de 40 votos a favor, 31 en contra y 1 abstención.
La nueva ley establece los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial “con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas a fin de que puedan ser destinados para el consumo humano, para la agricultura, para la protección de la biodiversidad, como fuente de información científica y como atractivo turístico”.
En el articulado también se establece que el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla) conserva la titularidad del registro técnico, pero las autoridades locales asumen la responsabilidad de retirar o incorporar áreas del listado de protección oficial, siempre de acuerdo con criterios científicos que lo justifiquen, publicó La Nación.
Quienes apoyaron este cambio legislativo afirman que se busca “destrabar” proyectos mineros que contribuyen al desarrollo energético nacional y se encontraban anteriormente paralizados por la normativa anterior. Según esta postura, las prohibiciones de exploración y explotación quedan ahora únicamente circunscritas a zonas con importancia hídrica comprobada.
En el apartado de “actividades prohibidas”, la Ley 27.804 estipula que “en los glaciares y en el ambiente periglacial identificados por la autoridad competente de la jurisdicción respectiva queda prohibida la liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen; la construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de aquellas necesarias para investigación científica y las prevenciones de riesgos y la instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales”.
La reacción de la ciencia nacional
En términos generales, el sector científico argentino defendía la ley anterior ya que considera que los cuerpos de hielo son reservas estratégicas de agua. A su vez, esta comunidad critica las intenciones de descentralizar la interpretación y el análisis del Ianigla.
Encabezadas por miembros del Ianigla, son varias las asociaciones científicas que se manifestaron en contra de las reformas impulsadas en tiempo récord en el Congreso. Además, la Academia Nacional de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales publicó un comunicado en el que alerta sobre las consecuencias en el acceso al agua, tanto en el presente como en el futuro.
En la misma línea, el Consejo Directivo de la Facultad de Agronomía de la UBA y distintas redes científicas pidieron, sin éxito, que los diputados no aprueben la ley.
Fuente: APFDigital