El Ministerio de Economía avanzó este martes en un paso clave para la aplicación del nuevo esquema de subsidios energéticos a los hogares. A partir de ahora, todas las personas que reciban ayuda económica para pagar la luz y el gas pasarán a estar inscriptas en un nuevo sistema llamado Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF). El trámite será obligatorio para quienes deseen mantener el beneficio y deberá realizarse mediante un formulario digital que se presentará como declaración jurada. En este contexto, el Gobierno estableció cuáles son los motivos por los que una solicitud no sería aprobada.
Mediante la publicación en el Boletín Oficial de la disposición 2/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, establecieron que, a fines de resolver la admisión, rechazo o exclusión de los hogares solicitantes del SEF, las siguientes condiciones serán indicadores de capacidad económica:
Hogares cuyos integrantes posean al menos un automóvil con una antigüedad igual o menor a tres años. Este criterio no se aplica en el caso de contar con un integrante del hogar titular de un Certificado Único de Discapacidad (CUD) emitido por autoridad competente.
Hogares cuyos integrantes posean, en conjunto, tres o más inmuebles.
Hogares en los que al menos un integrante posea una embarcación de lujo.
Hogares en los que al menos un integrante posea una aeronave.
Hogares en los que al menos un integrante posea Activos Societarios.
Esta medida surge tras la entrada en vigencia del Decreto 943/25, que cerró el período de transición anterior y dispuso la creación de un nuevo régimen de subsidios. Según el texto oficial, la Secretaría de Energía será la autoridad encargada de ejecutar y controlar la administración de estos beneficios. El objetivo declarado es identificar, con mayor precisión, quiénes realmente necesitan la ayuda estatal para afrontar los gastos de energía y evitar errores o superposiciones en el reparto.
Para esto, el Ejecutivo oficializó también el modelo de formulario que deberá ser completado por los solicitantes. De igual forma, destacaron que gran parte de los datos se obtendrán de registros previos, como el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE); por lo que quienes ya estén inscriptos allí no necesitarán anotarse de nuevo.
Qué trámite deben realizar
Sin embargo, el Gobierno exigirá que, si surgen cambios en la composición del grupo familiar, en la situación económica o en el tipo de suministro, las personas actualicen sus datos por internet o, para quienes no puedan hacerlo online, de manera presencial en la ANSES.
La vigilancia sobre la información declarada será rigurosa. La disposición establece que los organismos estatales podrán realizar “cruces” para comprobar la veracidad de los ingresos informados y otros aspectos relevantes. Según la directiva, “la ANSES pondrá a disposición la información que permita verificar los ingresos registrados del conjunto de los integrantes del hogar”. El acceso será posible gracias a mecanismos oficiales de intercambio de datos que se establecieron entre distintas agencias, como la ANSES, el SINTyS y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
El texto subraya, además, que este cruce de información se realizará “con la finalidad de evaluar la elegibilidad de los hogares solicitantes o beneficiarios del régimen”. Es decir, el Gobierno cruzará los datos de salarios, propiedades y familiares convivientes para evitar que reciban el beneficio quienes no cumplen los requisitos. El reglamento precisa que toda esta operatoria deberá respetar los límites impuestos por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, un punto sensible que ya dio lugar a debates sobre la privacidad. La norma aclara: “Los datos personales recabados tendrán por finalidad exclusiva la incorporación, actualización, verificación y evaluación de la elegibilidad de los beneficiarios”.
Cada usuario deberá completar una declaración jurada, con datos de todos los convivientes e información patrimonial. En caso de modificaciones, también podrá revisar o subsanar la información a través de la plataforma “Mi Argentina” o, si corresponde, por el sistema de Trámites a Distancia (TAD).
El nuevo esquema también pone en primer plano la obligación de los distintos organismos públicos y empresas de servicios de remitir sus datos para el control de los subsidios. El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), la ANSES, la ARCA, el SINTyS y hasta los prestadores privados estarán obligados a colaborar con la Secretaría de Energía. Esta integración terminará cuando empiece a funcionar el nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, según aclara el decreto.
Las consultas sobre el propio estado ante el subsidio podrán hacerse en todo momento. Los beneficiarios tendrán derecho a conocer si conservan el subsidio, si hay cuestionamientos sobre su situación patrimonial o si están sujetos a revisión. Los canales habilitados para reclamos y revisión seguirán siendo los digitales, como la página de la Secretaría de Energía o los formularios disponibles en la web oficial.