El recurso presentado por la defensa planteaba varios agravios: 1) nulidad de la sentencia por una aclaratoria; 2) nulidad por afectación al derecho de defensa por no haber podido producir prueba; 3) homicidio culposo y no homicidio doloso; 4) no juzgar con perspectiva de género; 5) inconstitucionalidad del art 80 Inc. 1), en el término de relación de pareja; 6) inconstitucionalidad de la pena perpetua.
Durante la audiencia celebrada ayer la defensa mantuvo el recurso y puso énfasis en sostener que el Tribunal no juzgó el caso como debía, desestimando la violencia de género.
La.Fiscalía y los querellantes sostuvieron que debía confirmarse la sentencia, que no se afectó el debido proceso, que Galarza no era víctima de violencia de género y sostuvieron la constitucionalidad de las normas que atacó la defensa.
El Tribunal está conformado por Darío Perroud, Silvina Gallo y Aníbal Lafourcade. El Ministerio Público Fiscal está representado por Lisandro Beheran y las querellas están a cargo de Rubén Virué, Sebastián Arrechea y Juan Carlos Peragallo. La defensa está a cargo de José Ostolaza, Darío Germanier y Pablo Sotelo. (APFDigital)