Concordia, Entre Ríos ARG
Martes, 16 Abril 2024
   
Economía  Jueves 27 de Diciembre del 2018 - 17:48 hs.                1697
  Economía   27.12.2018 - 17:48   
Claves para entender el nuevo impuesto a la renta financiera: cuánto se pagará por los plazos fijos y quiénes quedarán exceptuados
El tributo se aplicará a un universo muy amplio que va desde ganancias por los plazos fijos o cobro de alquileres hasta la compra de bonos emitidos por el Estado nacional o provincial, en pesos y en dólares.

Con casi un año de demora, el Gobierno publicó finalmente este jueves el decreto reglamentario de la Ley de Reforma Tributaria para el impuesto a las ganancias sobre la renta financiera.


¿Qué tipo de ganancias e inversiones comenzarán a tributar este impuesto a partir de ahora? "Los alquileres siempre estuvieron gravados. Lo que se agrega ahora como novedad es la renta financiera de los bonos y de los plazos fijos. Creo que es algo que no debiera gravarse en un país con tan poca capitalización y ahorro. Al contrario, debiera fomentarse", destacó Juan Carlos Nicolini, del estudio Bertazza Nicolini Corti y Asociados.


Aunque aún falta conocer las reglamentaciones finales de la AFIP, aquí algunas de las claves del nuevo impuesto:


¿Quiénes deberán presentar una declaración jurada de Ganancias?


Se aplica a un universo muy amplio que va desde ganancias por los plazos fijos o el cobro de alquileres hasta la compra de bonos emitidos por el Estado nacional o provincial, en pesos y en dólares.


¿A partir de cuándo se comienza a pagar?


Se comienza a pagar a partir de ganancias de la nueva renta financiera por encima de los $66.917,91 durante todo 2018. Ese mínimo no imponible es sobre la totalidad de los rendimiento y se va actualizando anualmente en base al índice Ripte, que mide la evolución de los salarios. Se estima que para 2019 el mínimo no imponible rondará los $86.000.


Las alícuotas son del 5% para ganancias en pesos y 15% para ganancias en dólares. "La alícuota se determina en función del origen de la ganancia. Si fue por bonos emitidos en dólares no es lo mismo que con tasas fijas en pesos, como puede ser plazo fijos o Lebacs que tributa un 5%", explicó Gustavo Neffa, especialista en inversiones de Research for Traders.


¿Se deberá tributar por la compraventa de dólares?


"La compraventa de dólares genera una diferencia de cambios que no está gravada por el Impuesto a las Ganancias. Eso pasa también en los plazos fijos en dólares, donde la única ganancia que se grava son los intereses y no las diferencias de cambio", precisó Nicolini.


¿Quiénes quedan exentos?


No deben presentar una declaración jurada las personas cuyas ganancias deriven únicamente del "trabajo personal en relación de dependencia, siempre que al ser pagadas dichas ganancias se hubiese retenido el impuesto correspondiente", según el texto del decreto.


¿Cómo se pueden compensar las pérdidas en las inversiones en bonos?


El caso de la pérdida de capital en la compra de bonos fue contemplado por la reglamentación. "Si se compró un bono a 100 y durante el año cayó a 80, hay una pérdida de capital. Si, por otro lado, ese bono te rindió entre 5% y 10% de cupón, que es lo que rinden los bonos argentinos, los intereses no se pagan ahora, sino cuando la ganancia de capital supere el pago de los intereses acumulados", detalló Neffa.


Y advirtió que 2018 fue un muy mal año para el mercado, donde la pérdida de capital, en la mayor parte de los casos, más que compensó la ganancias con intereses. "El inversor que perdió plata por haber invertido en bonos no debe pagar plata sobre algo que perdió", agregó.


Con todo, los especialistas consideraron que este tipo de gravamen es muy negativo para el mercado de capitales porque pone trabas al desarrollo del mercado, que es muy pequeño.


¿Cómo se aplicará a la compraventa de inmuebles?


Con la nueva reglamentación, el pago de impuesto a las Ganancias por la compraventa de inmuebles reemplazará al impuesto anterior: el ITI (Impuesto a la Transferencia de Inmuebles) que paga el propietario y que representa el 1,5% del precio de venta.


"Se deja de pagar el ITI y se empieza a pagar el impuesto a las Ganancias. La diferencia es que el anterior era un impuesto sobre el total de la venta y ahora se toma en cuenta el precio de venta menos el costo", indicó Iván Sasovsky, CEO de Sasovsky & Asociados.


Con todo, se aplica solo para los inmuebles adquiridos a partir de enero de 2018. Es decir, si se vende ahora un inmueble adquirido antes no tributa Ganancias. "Puede ser más o menos conveniente dependiendo del valor de la escritura. A partir de ahora, todo el mundo va a querer escriturar por el valor real y va a servir para blanquear la economía", agregó el especialista.


¿Qué cambios se implementarán para los alquileres?


Desde el lado de los propietarios, no habrá cambios, porque los alquileres ya se computaban como ganancias. Pero sí se modificará desde el lado de los descuentos que pueden realizar los inquilinos. "Actualmente en una pareja que paga un alquiler, cada integrante puede descontar hasta 40% del impuesto a las ganancias. Ahora queda claro que ese 40% es entre los dos integrantes, cada uno puede descontarlo de la mitad del alquiler que le corresponde", precisó Adriana Pinto, contadora y socia del estudio SMS. 


¿Qué pasará con las ganancias por el pago de horas extras?


En este caso, la Ley está vigente desde el 1° de enero de 2018 y según los especialistas en derecho tributario puede llegar a beneficiar a los empleados, ya que se toma un valor menor para el cómputo. Pero aclaran que en este caso, aún falta conocer la reglamentación de AFIP. "El decreto, bajo ningún punto de vista, puede aumentar la caga tributaria", señaló Sasovsky.


¿Cómo se deben declarar los plazos fijos a partir de ahora?


La declaración jurada de ganancias se realiza en forma anual. Pero aún falta saber si en el caso de los plazos fijos, los bancos serán quienes actúen como agentes de retención. "Será un gran desafío para todos los contadores y asesores tributarios", advirtió Sasovsky.