El día 19 de mayo en horas de la mañana, en el asiento del Control de Rutas Nacionales 14 y 18, Personal de las Secciones “NUCLEO” y “SEGURIDAD VIAL” dependientes del Escuadrón 4 “CONCORDIA” de Gendarmería Nacional, proceden a detener la marcha de un ómnibus de la empresa "SINGER” procedente de la localidad Misionera de Puerto Iguazú que se dirigía a Retiro (BS AS). Durante la inspección del ómnibus se advierte en el sector de bodega CINCO (5) Valijas constatando en su interior, la existencia de mercadería de origen y procedencia extranjera (Rubro FARMACIA) en un total de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO (445) frascos de jarabe marca “ASMA BRONQUIAL COMPUESTO”, sin el aval aduanero correspondiente, con un avaluó estimativo de Pesos CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS ($44,500).
A su vez ese mismo día, horas más tarde, Personal de la Sección “CHAJARI”, dependiente del Escuadrón 4 “CONCORDIA”, al realizar el control físico y documentológico, de un vehículo marca Renault Modelo Kangoo, conducido por un ciudadano masculino mayor de edad; detectan que transporta en el interior del rodado, mercadería de origen y procedencia extranjera (RUBRO TIENDA, ELECTRONICA Y CIGARRILLO), careciendo de la documentación legal pertinente para su transporte y tenencia, con un avaluó estimativo de Pesos Setenta mil seiscientos ochenta ($70,680).
Seguidamente en horas de la noche en el asiento del Control de Rutas Nacionales 14 y 18, Personal de las Secciones “NUCLEO” y “SEGURIDAD VIAL” dependientes del Escuadrón 4 “CONCORDIA”, procede a realizar el control de un transporte de encomiendas de la empresa "VIA CARGO”, procedente de Posadas con destino Retiro (BS AS), detectando UNA (1) Encomienda que carecía de remitente y destinatario, por lo que se procedió a su apertura frente a testigos hábiles, constatando en su interior mercadería de origen y procedencia extranjera sin el aval aduanero correspondiente (RUBRO ELECTRONICA) consistente en TRES (3) Centrales Multimedia para vehículos, con un avaluó estimativo de Pesos CUARENTA Y CINCO MIL ($45,000).
Consecuentemente en todos los casos, se dio intervención a AFIP DGA Delegación CONCORDIA y se procedió a la interdicción de la mercadería en aplicación a la Ley 22415 del Código Aduanero.