Concordia, Entre Ríos ARG
Jueves, 25 Abril 2024
   
Judiciales  Viernes 24 de Febrero del 2017 - 13:06 hs.                938
  Judiciales   24.02.2017 - 13:06   
Solicitaron un informe médico por su diabetes.
La Fiscalía pidió 12 años de prisión para Gustavo Alfonzo por trata de personas con fines de explotación sexual.
En los alegatos por el juicio contra el locutor radial y publicista Gustavo Alfonzo, la Fiscalía solicitó la pena de 12 años de prisión para el acusado por considerarlo responsable del delito de trata de personas con fines de explotación sexual. Además, los acusadores públicos reclamaron un informe médico para corroborar el estado de salud de Alfonzo -padece diabetes- y de esa manera determinar si corresponde prisión domiciliaria o efectiva. Actualmente, Alfonzo goza de dicho beneficio.

Gustavo Alfonzo en el banquillo de los acusados. Concluyeron las testimoniales y los alegatos de parte en el juicio contra el publicista Gustavo Alfonzo por explotar sexualmente a una menor de edad. El Tribunal Oral Federal (TOF) de Paraná, oyó el pedido de la Fiscalía a cargo de José Ignacio Candioti, quien reclamó una condena de 12 años de prisión más las costas del juicio, y que se envíe una copia de todas las actuaciones al Juzgado Federal de Concepción del Uruguay para que continúe la investigación, en torno a determinar otros posibles responsables y otras posibles víctimas. El fiscal general también solicitó que se elabore un informe médico a Alfonzo, a fin de corroborar si efectivamente el problema de la diabetes está impidiendo que pueda ser alojado en la cárcel. A su turno, el querellante Daniel Cedro pidió que Alfonzo sea castigado con 13 años de prisión; que la pesquisa judicial continúe sobre el desempeño de Fernando Rougier en este caso, estando a cargo del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf) Concordia; y que se revoque la prisión domiciliaria para el publicista por considerar que existe riesgo de fuga. Por otro lado, el defensor oficial Mario Franchi, solicitó la nulidad de pericias telefónicas y reclamó la absolución de su representado.

Se acerca el final del juicio oral contra el publicista Gustavo Alfonzo por explotación sexual contra una menor de edad. Frente al tribunal compuesto por Roberto López Arango, Noemí Berros y Lilia Carnero pasaron 34 testigos; el imputado amplió su declaración indagatoria y la víctima se explayó en Cámara Gesell. La causa es de las más resonantes en el último tiempo en la provincia, porque roza a políticos y funcionarios de áreas clave como el Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf). En el expediente obran informes sobre pericias telefónicas que involucran, por ejemplo, al ex coordinador del Copnaf Concordia, Fernando Rougier. Sin embargo, hasta acá el único procesado y quien llegó a juicio oral fue Alfonzo.

La causa comenzó el 30 de octubre de 2014, cuando una comisión de la Comisaría del Menor de Concordia encontró en un departamento de calle Monseñor Rösch a una adolescente que entonces tenía 16 años. La Policía llegó hasta allí acompañada por la madre de la chica que acababa de denunciar su desaparición y que aportó el dato del lugar para encontrarla.

Unos días antes de desaparecer, la joven había comenzado a trabajar como promotora de un boliche y como productora en el programa de radio que conducía Alfonzo. La madre denunció que durante unos 20 días la adolescente permaneció desaparecida y, excepto en una oportunidad, tuvo un breve contacto telefónico.

Cuando la rescataron, la adolescente contó que Alfonzo la golpeaba, la drogaba y la hacía prostituirse. Dijo que debía estar en fiestas con renombrados personajes de la política local y provincial. El caso tomó otro color y se replicó a nivel nacional cuando en un foro de la Red Infancia Robada que se hizo en Concordia, la monja Martha Pelloni invitó a la madre de la chica a contar la historia frente a unas 250 personas. Luego Pelloni llevó el caso a los medios nacionales.

Después de más de dos años de instrucción en la Justicia Federal de Concepción del Uruguay, el expediente llegó al TOF de Paraná para el juicio oral que comenzó el lunes pasado y concluyó con la etapa de producción de prueba este viernes. Para el jueves de la semana que viene, el 2 de marzo, se espera que Gustavo Alfonzo pueda pronunciar sus últimas palabras al TOF, antes de conocer el veredicto.

“La investigación debe ser ahondada”

El fiscal general José Ignacio Candioti consideró en su alegato que la explotación sexual contra la menor de edad está acreditada y que el delito se configuró en todas sus modalidades. “En lo sustancial, en lo que tiene que ver con la imputación, el testimonio de la víctima es completamente corroborable. Hay una infinidad de mensajes telefónicos que lo prueban”, aseveró y precisó que Alfonzo fue autor de prostituir a la menor de edad “en una quinta frente al Autódromo; en una quinta de Puerto Yeruá y en el Hotel Tortuguitas”. “Alfonzo organizaba los pases por mensajes de texto, esa era la modalidad. Por ejemplo, hay toda una conversación larguísima con un número de Buenos Aires acordando los pases para la fiesta de Puerto Yeruá”, señaló.

Además, para Candioti está probada la captación de la adolescente: “Alfonzo le ofreció trabajo”. En la misma línea, el fiscal rechazó la versión del imputado, en cuanto a que la chica no pudo engañarlo sobre su minoría de edad. “Claramente en los videos de las cámaras gesell se puede observar que es menor de edad. También a eso lo refrendan varios testigos, incluso algunos que propuso él mismo”, acotó.

Otro de los puntos que destacó el representante del Ministerio Público Fiscal (MPF), fue la condición de vulnerabilidad de la menor. “Ella estaba con un hombre que la triplicaba en años. Había encarcelamiento psicológico y eso se puede leer en los mensajes. Por ejemplo, hay uno donde Alfonzo le dice ‘Tené cuidado, este no es un juego y tenés que tener protección’”, leyó el fiscal. “Si la víctima dio el consentimiento, eso no elimina el delito. Esta es una de las causas donde la cosificación y el comercio son muy palpables”, asentó e invocó las Reglas de Brasilia: “Acá se dan todas las condiciones que establecen las reglas de Brasilia: la edad, el género, los problemas familiares, socioafectivos y económicos”.

“Alfonzo dice que los testigos mienten y que hay dos testigos pagos, algo imposible. Una de las testigos que él dice que fue pagada, no quería venir porque no tenía con quien dejar su bebé. Es raro que un testigo pago no quiera venir…”, deslizó el fiscal. Luego, subrayó que Alfonzo “captó a la adolescente, la acogió en el departamento de calle Monseñor Rösch, la comercializó en las fiestas y organizó los traslados a esos lugares. La hizo acostarse hasta con cuatro hombres por noche y él cobrara por ese trabajo que hacía la adolescente”.

“Alfonzo tenía el dominio de los hechos. No hay causa de justificación, comprendía la criminalidad de sus actos y por eso está en condiciones de hacerse responsable por estos graves hechos. Por eso considera esta Fiscalía que debe ser condenado como autor, porque se consumó la explotación en todas las modalidades, y por la vulnerabilidad de la menor”, completó Candioti, para luego hacer el pedido material de pena. No consideró atenuantes y remarcó “sobradas razones para apartarse del mínimo: Alfonzo intervino en todas las fases del delito, no es joven ni carece de medios de socialización”.

Por lo expuesto el fiscal pidió 12 años, más las costas del juicio. Solicitó también que la investigación prosiga en el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay y que se realice un informe médico a Alfonzo para determinar la gravedad de su diabetes y si realmente amerita que se mantenga la prisión domiciliaria.

“Que le revoquen la domiciliaria”

La querella representada por el abogado Daniel Cedro adhirió al alegato del fiscal. Dijo que “está probada la explotación y los lugares donde se concretó”, remarcó que “Alfonzo sabía que se trataba de una menor de edad”. “Esto mereció la intervención del Copnaf”, agregó y refrendó la declaración de la víctima en Cámara Gesell.

Al igual que el fiscal, entendió que no podía valer ningún atenuante para el imputado y solicitó 13 años de prisión. “Creemos que es necesario ahondar la investigación en la figura de Rougier por su desempeño en el Copnaf, y también el rol que habrían cumplido otras personas como vigilantes de la menor”, indicó.

También, cedro pidió “la revocación de la domiciliaria porque vive en una ciudad de frontera, sobre un río, y porque ya intentó eludir a la justicia a través de la cantidad de mensajes que envió a funcionarios”.

Nulidad y absolución

El defensor oficial Mario Franchi pidió la nulidad de pericias telefónicas por considerar que la orden judicial no está suficientemente “fundada” y porque la fecha que indica el oficio no se corresponde con las desgrabaciones efectivamente realizadas en la causa. “Pido la nulidad de la pericia y todos los informes producidos en relación al secuestro de celulares por carecer de orden fundada y porque el período no se corresponde”, expuso el defensor y acotó que por eso “corresponde la absolución” de Alfonzo.

“La prueba que resta analizar si no son los informes telefónicos, es la testimonial y hay numerosas contradicciones en la producción de testimonios que no fueron relevados por las acusaciones”, apuntó. En ese sentido, señaló contradicciones en el relato de la madre y de la hija: “Fueron cambiando el relato en temas sustanciales para la incriminación de mi defendido. La incriminación se va agravando con el correr de la investigación”, arremetió.

Franchi habló también de “cosas no acreditadas: no sabemos cómo Escobar llegó hasta su hija; no está probado el suministro de droga porque un análisis de orina indica que la menor no había consumido ni marihuana ni cocaína entre 10 y 15 días antes”, mencionó. “No se dominó la voluntad de la menor y varios testimonios quedan patentizados como mendaces en ese sentido”, aseguró.

También rescató dos informes psicológicos donde se habla de la víctima como una persona que “no tiene una estructura lógica adecuada”. Uno de esos informes fue elaborado por el psicólogo Gastón Fernández del Copnaf, quien fue señalado por las hermanas Zárate -novia y cuñada de Alfonzo-. Las Zárate sostuvieron que la víctima contó que Fernández “le tiraba onda” por mensajes de texto. “Fernández entiende que la menor es fabuladora”, apuntó Franchi y concluyó: “Ella se pone en el lugar de ser vigilada y de ser objeto de deseo de un montón de personas”.

Para el defensor de Alfonzo, la menor no estaba a disgusto en el departamento de calle Monseñor Rösch. “Mi defendido podrá no ser un ejemplo moral, pero no es un secuestrador”, sostuvo; y preguntó quiénes integraban “el grupo de las 10”. “No hubo captación, no fue secuestrada, ni amenazada, ni golpeada. No hubo acogimiento. Cuando mi defendido se enteró de la minoría de edad, le pidió a ella que se vaya, por eso la fue a buscar su madre que no puede explicar cómo sabía que estaba donde estaba”.

“Con todas las inexactitudes y la invalidez de las pericias telefónicas, creo que no no hay prueba para condenar”, cerró.

Réplica

El fiscal Candioti replicó el pedido de nulidad y aclaró que “la orden judicial para la pericia existe en el cuerpo sexto del expediente”. Sin embargo, se reconoció que la fecha del oficio no se corresponde exactamente con todos los mensajes desgrabados en el expediente. “No hay mérito para declarar la nulidad”, finalizó el fiscal.

Fuente: N.B. para Analisis Digital.