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Información General  Domingo 02 de Agosto del 2015 - 09:02 hs.                1399
  Información General   02.08.2015 - 09:02   
La entrada en vigencia se adelantó seis meses.
Comenzó a regir el nuevo Código Civil y Comercial en el país.
Este sábado entró en vigencia el nuevo Código Civil y Comercial que modificará, entre otros temas, aspectos relevantes en torno al divorcio, el matrimonio, la defensa del consumidor, la identidad de las personas, la reproducción asistida, y la adopción. El proceso arrancó con el Decreto Presidencial Nº 191, del 23 de febrero de 2011, mediante el cual se creó la Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación. La Comisión fue presidida por el titular de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, e integrada también por Elena Highton de Nolasco, vicepresidente de dicho Tribunal y la doctora Aída Kemelmajer de Carlucci. Principales cambios.

La comisión, que tenía un plazo de 365 días para elevar el anteproyecto al Poder Ejecutivo, lo hizo tras consultar a 109 juristas que realizaron sus aportes sobre las diferentes temáticas abordadas por la iniciativa en cuestión y se realizaron 29 audiencias públicas en diferentes puntos del país.

El anteproyecto fue elevado al Poder Ejecutivo el 27 de febrero de 2012, y tras dar a conocer los lineamientos principales del texto, la presidenta Cristina Fernández, anunció la creación de una Comisión Bicameral en el Congreso que se abocaría a trabajar sobre la nueva normativa.

Así, el Poder Ejecutivo envió el 8 de junio a ambas cámaras del Congreso un mensaje en el que incluía el proyecto a debatir y la propuesta de creación de la Comisión Bicameral.

Una vez enviado al Congreso se creó la “Comisión Bicameral para la Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación” que estuvo integrada por 15 diputados y 15 senadores, en su mayoría oficialistas, respetando la relación de fuerzas de los diferentes bloques parlamentarios.

Ese grupo de trabajo presidido primero por el senador kirchnerista Marcelo Fuentes y luego por la también oficialista Diana Conti, comenzó a trabajar en agosto de 2012 aprobando un Reglamento de Audiencias Públicas.

Las mismas se desarrollaron entre septiembre y noviembre y tuvieron lugar en el Congreso, en ciudades del Gran Buenos Aires y en 19 puntos del interior del país. En ese marco se escucharon y receptaron más de 1.500 ponencias sobre los diferentes temas incluidos en el nuevo Código.

El 21 de noviembre de 2013 salieron un dictamen de mayoría y cinco de minoría remitidos al Senado, que lo trató una semana después en una sesión especial en la que el oficialismo no aceptó las modificaciones propuestas por la oposición al texto original.

El cuerpo sólo aceptó dos cambios pedidos por un senador kirchnerista y rechazó el pedido de la oposición para que se votara primero en general y luego en particular.

Esto motivó el enojo de la oposición que como consecuencia de la negativa oficialista se retiró del recinto y dejó en soledad al Frente para la Victoria-PJ y sus aliados, que consiguieron 39 votos para aprobar la norma, en tanto que se registró un voto en contra.

El texto aprobado por la Cámara Alta ingresó a Diputados el 17 de diciembre de 2013; aunque recién llegó al recinto el 1 de octubre del siguiente año, en el marco de un debate, que, al igual que en el Senado, estuvo signado por la discusión de cuestiones reglamentarias.

Con la oposición reiterando la medida adoptada previamente en el Senado, es decir retirándose de la sesión, el bloque oficialista de Diputados quedó junto sus aliados en el recinto para darle 135 votos favorables al proyecto.

El Código Civil y Comercial entrará en vigor el próximo 1 de agosto, seis meses antes de lo que previeron los legisladores en un principio, y con sus 2.671 artículos reemplaza a los más de 4.000 artículos que tenía el Código Civil y a los 506 del Comercial sancionado en 1869, consignó Télam.

Sus artículos implican modificaciones en temas relevantes como los derechos personalísimos, capacidad, reproducción humana asistida, adopción, defensa del consumidor, matrimonio, divorcio, unión convivencial y sucesiones, entre otros.

Principales cambios

De acuerdo a Noticias Argentinas los siguientes son los principales cambios que introducirá el cuerpo normativo:

- El matrimonio a partir de ahora no distingue entre personas del mismo o distinto sexo, y se podría optar entre el régimen de comunidad de ganancias y el de separación de bienes.

- El hogar conyugal goza de una protección especial y requiere el consentimiento de ambos para cualquier acto de disposición.

- Se incorpora como figura legal la unión por concubinato, ya sea entre personas de igual o distinto sexo, y uno de las soluciones que brinda es ante la muerte de alguno de los convivientes, puesto que el sobreviviente tendrá el derecho de habitación gratuito del hogar que compartían por un plazo de dos años.

- Se facilita la concreción del divorcio puesto que ya no es requisito la voluntad de ambos sino simplemente con que uno lo solicite.

- Los cónyuges pueden hacer propuestas y acordar sobre los efectos que tendrá la disolución, caso contrario el juez intervendrá para dar una solución.

- Se incorporan a la legislación las nuevas técnicas de reproducción humana asistida, ya sea la inseminación artificial o la fecundación in vitro, y el requisito es el consentimiento previo.

- Se simplificó y agilizó el trámite para llevar a cabo una adopción, fijando un tope de 90 días para que el juez decida, y hasta se reconoce la adopción conjunta y la unilateral.

- Se introducen las nuevas formas de contratación en el plano laboral y comercial, ya sea las de arbitraje, agencia, concesión, franquicia, suministro, leasing, fideicomiso y los celebrados en la bolsa o en mercado de valores.

La polémica por el “camino de sirga”

El nuevo Código no estuvo exento de polémicas y críticas por omisiones o haber retrocedido en determinadas materias, como en el caso, por ejemplo, del artículo 1974 del nuevo Código. Allí se reduce el llamado "camino de sirga" en las orillas de ríos o lagos navegables de 35 metros a 15 metros. Además, quita el carácter de espacio público a esa franja.