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  Información General   22.05.2015 - 11:06   
En homenaje a la pedagoga Rosario Vera Peñaloza
28 de Mayo Día de los Jardines de Infantes y Docentes de Nivel Inicial
Se establece con fecha 13 de enero de 2015, la Ley N° 27059, por medio de la cual se establece: “el 28 de mayo de cada año, como el Día Nacional de la Maestra Jardinera”, en homenaje a la pedagoga Rosario Vera Peñaloza.

Rosario Vera Peñaloza nació el 25 de diciembre de 1873 en el pueblo de Atiles, La Rioja. Dedicó su vida a la enseñanza. Fundó el primer jardín de infantes argentino. El Consejo Nacional de Educación le encargó la formación del Primer Museo Argentino para la Escuela Primaria, hoy Complejo Museológico del Instituto Félix Bernasconi. Luego de una admirable trayectoria, llegó a Inspectora de Enseñanza Secundaria, Normal y Especial. Falleció el 28 de mayo de 1950. Esa es la fecha que se toma, precisamente, para conmemorar, en su honor, el “Día de la Maestra Jardinera” y el “Día de los Jardines de Infantes”.

Finalidad de la Educación Inicial En concordancia con los fines y objetivos de la Educación Entrerriana, enunciados en la Nueva Ley de Educación Provincial, en su ARTÍCULO 13º: La Educación Inicial busca como fin: Brindar una educación de calidad, oportuna y pertinente para niños y niñas como sujetos de derecho, partícipes activos de un proceso de formación integral en función de su desarrollo pleno, en estrecha relación y complementación con la función educativa de las familias, propiciando su integración a la sociedad en el marco de los valores éticos y democráticos.

Objetivos de la Educación Inicial: Los mismos están expresados en la Nueva Ley de Educación de Entre Ríos que en su Artículo 25º enuncia: Son objetivos de la Educación Inicial: a) Incentivar el proceso de estructuración del pensamiento, de la imaginación creadora y de las diferentes formas de expresión personal y de comunicación verbal y escrita; b) Favorecer los procesos de maduración de la actividad cognitiva, las manifestaciones lúdicas, estéticas y artísticas, el desarrollo corporal y motriz a través de la educación física, atendiendo el aspecto social relacionado con el ambiente natural y la salud, el crecimiento socioafectivo, el desarrollo de valores éticos y hábitos de cooperación, la confianza, autoestima, solidaridad, el cuidado y el respeto hacia sì mismo y los otros; c) Estimular hábitos de integración social y de convivencia grupal; d) Fortalecer el vínculo entre la institución educativa y la familia; e) Generar condiciones de aprendizaje que respeten las diversidades socioculturales de la población escolar, para favorecer la inclusión de todos los niños y niñas; f) Promover el juego como contenido de valor cultural para el desarrollo cognitivo, afectivo, ético, estético, motor y social.

Ley 27.059
Institúyese el Día Nacional del Docente de Nivel Inicial.
Sancionada: Diciembre 03 de 2014
Promulgada de Hecho: Diciembre 23 de 2014
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTÍCULO 1°
— Institúyese el día 28 de mayo de cada año como el Día Nacional del Docente de Nivel Inicial,
en conmemoración de la pedagoga Rosario Vera Peñaloza.

ARTÍCULO 2°
— La celebración establecida por la presente ley no implicará el cese de las actividades escolares de nivel inicial.

ARTÍCULO 3°
— Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADA BAJO EL N° 27.059
Amado Boudou, Julián Dominguez, Juan H. Estrada, Lucas Chedrese.


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