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Información General  Jueves 23 de Octubre del 2014 - 09:05 hs.                667
  Información General   23.10.2014 - 09:05   
Aprobaron los cambios efectuados por Diputados.
El Senado le dio sanción definitiva al proyecto que propone herramientas contra el narcomenudeo.
En las ultimas horas, sesionó el Senado entrerriano, donde se dio sanción definitiva al proyecto de ley denominado “de narcomenudeo”. Se trata de una ley que propone una serie de herramientas para que la justicia y policía provincial puedan actuar en procedimientos destinados a combatir la venta de estupefacientes en baja escala, según explicó la Cámara alta. El proyecto, que fue tratado sobre tablas por pedido del senador Enrique Cresto (FpV-Concordia), llegó a la Cámara alta en segunda revisión y se aceptaron los cambios propuestos por Diputados. Ahora será girado al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Al momento de tratar el proyecto que propone herramientas para luchar contra el narcotráfico, Cresto, tal como lo había hecho público durante el fin de semana, afirmó que “este es un tema demasiado serio como para jugar al oportunismo” y reiteró que en Entre Ríos se puede avanzar porque está el compromiso del gobernador de la Provincia, Sergio Urribarri, para combatir la droga como un modo eficaz de proteger la juventud entrerriana.

Recordó que hace más de un año se comenzó un intenso trabajo con la presentación de un proyecto que fue suscripto por los 17 senadores. Mencionó que “es un día de gran satisfacción, porque la Legislatura aprueba un proyecto que deja sin efecto una suspensión que muestra falta de voluntad y firmeza política en relación a la ley 9783”.

Resaltó que sobre aquél trabajo de los Senadores el gobernador hizo un proyecto que refleja su compromiso con las demandas ciudadanas.

Rechazó expresiones vertidas por los medios y mencionó que “uno de los que salió a criticar esta iniciativa, pertenece a un partido que gobierna una provincia donde se ha fracasado en la lucha contra el narcotráfico”. “La impericia, la incapacidad, hizo que las estructuras que deben combatir al narcotráfico fueran corrompidas”, señaló.

Cresto elogió la visión de Néstor Kirchner, mentor y constructor de la ley 26052 en el año 2005, que apuntó a generar una estructura de la que participen todos los estamentos del Estado en el combate de una fuerza que ataca esencialmente nuestra juventud.

El Senador dijo que “Kirchner observó que las estructuras de las fuerzas de seguridad federales, no están con gran número de miembros en todas las provincias, sino que son las fuerzas provinciales las que tienen una mayor y efectiva presencia”.

Dijo que “se combate a los que venden en las zonas más vulnerables y hacen daño a jóvenes cuyas familias sufren las consecuencias de los daños a la salud, y motoriza, el consumo, otros delitos”.

Enumeró las reuniones realizadas con las autoridades de la Justicia entrerriana y destacó el compromiso de la titular del Superior Tribunal de Justicia, Claudia Mizawak, como así también del ministerio público y dijo que la policía espera contar cuanto antes con esta herramienta.

A su análisis agregó que “el gobernador trabaja cada día para lograr que estén listas las condiciones para llevar adelante un trabajo que tiene altísimos objetivos en defensa de la salud de la población entrerriana”.

El legislador dijo que habrá una nueva dinámica, porque se van a obtener en forma más rápida las órdenes para actuar, y Entre Ríos tendrá a su policía en cada uno de los accesos para que “haya en Entre Ríos un ambiente sano”.

“Van a tener que trabajar todos los estamentos del Estado, en todos sus niveles, porque van a crearse los consejos departamentales de seguridad, para coordinar las acciones que permitan evitar que continué el accionar delictivo de los narcotraficantes”, acotó.

Adelantó que “se va a obtener información que permitirá un plan de trabajo y así mes a mes se va a poder evaluar el impacto que va teniendo en el territorio esta nueva normativa que apoyó en forma mayoritaria la Legislatura entrerriana”.

También destacó las acciones de prevención que se despliegan en todo el territorio, haciendo énfasis en la Educación y la inclusión que se promueve día a día con numerosos programas.

Elogió los convenios suscriptos con el gobierno nacional que permitirán la construcción de centros en toda la provincia.

El senador Cresto dijo que “esto muestra que nos enfrentamos a los elementos que perturban nuestra sociedad y lo hacemos todos. Acá entendemos el problema y buscamos las herramientas para poder actuar”.

El proyecto entrerriano

El proyecto adhiere parcialmente a dicha ley nacional, asumiendo la provincia de Entre Ríos la competencia para la investigación de los delitos previstos en el artículo 34 de la Ley Nacional N°23.737: a) Tenencia simple (art. 14 primer párrafo - Ley 23.737); b) Tenencia para consumo personal (art. 14 segundo párrafo - Ley 23.737); c) Tenencia con fines de comercialización simple (art. 5 inc. c - Ley 23.737) o agravado (art. 11- Ley 23.737); d) Comercialización de estupefacientes (art. 5 inc. c - Ley 23.737) o agravado (art. 11- Ley 23.737). e) Entrega, suministro o facilitación de estupefacientes a título oneroso simple (art. 5 inc. e - Ley 23.737) o agravado (art. 11- Ley 23.737); f) Entrega, suministro o facilitación de estupefacientes a título gratuito simple (art. 5 inc. e - Ley 23.737) o agravado (art. 11- Ley 23.737); g) Entrega, suministro o facilitación de estupefacientes a título gratuito atenuada (art. 5, último párrafo - Ley 23.737); i) Siembra o cultivo de estupefacientes para consumo personal (art. 5, penúltimo párrafo - Ley 23.737); j) Confabulación para cometer los delitos comprendidos en los delitos de tráfico desfederalizados (art. 29 bis - Ley 23.737) y por último k) Facilitación de un lugar para el consumo de estupefacientes (art. 10, primer párrafo, in fine- Ley 23.737).

Se incluyen como desfederalizados los delitos de suministro infiel o indebido de sustancias medicinales (art. 204 CP); suministro indebido culposo de sustancias medicinales (art. 204 bis CP); producción o fabricación indebida de sustancias medicinales (art. 204 ter CP); incumplimiento de deberes para evitar el suministro infiel o indebido de sustancias medicinales (art. 204 ter CP)

Ya están adheridas, cada una respetando sus características propias- las Provincias de Córdoba (Junio de 2012), Buenos Aires (2005), Entre Ríos (2007, ley 9783, que se paralizó vía decreto, fundado en una acordada del STJER); La Rioja (2009) y Tucumán (La ley 13/3/14, ley N° 8.644, habilita a la Justicia provincial, a partir de 2015, a intervenir en causas sobre tenencia para consumo personal y venta de drogas al menudeo).