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Concordia, Entre Ríos ARG
Viernes, 19 Abril 2024
   
Locales  Martes 16 de Septiembre del 2014 - 11:23 hs.                501
  Locales   16.09.2014 - 11:23   
Cada vez hay menos estacionamiento.
Piden sanciones para comerciantes y vecinos que reservan sin autorización espacios de estacionamiento frente a sus negocios y viviendas.
El Concejal Alberto Zadoyko propuso un proyecto de Ordenanza, considerando que esta situación se repite en varios lugares de la ciudad observándose constantemente que vecinos y/o comerciantes hacen una utilización no permitida del espacio público, usando la calzada para ubicar conos u otros elementos y de esa manera impidiendo el estacionamiento vehicular.

La foto es ilustrativa. Zadoyko, agregó que el gran crecimiento del parque automotor en la ciudad hace que cada vez sea más escasa la oferta de estacionamiento público y que esta práctica de utilizar conos, cajones, sillas u otros elementos en la vía pública para evitar el estacionamiento de terceros generan un beneficio personal y/o comercial pero un inconveniente grave para los demás vecinos de la ciudad.

Fundamentó que hay particulares que suelen reservar en sus domicilios espacios de estacionamiento con la finalidad de tener un rápido y cómodo acceso a su vivienda.

Que la constatación por personal municipal y/o denuncias realizadas por vecinos debe ser considerada como una contravención pasible de sanción pecuniaria. Es necesario establecer medidas sancionatorias que desaliente esta práctica, expresó el edil del FEF – Frente renovador.
Parte Resolutiva:

Artículo: 1º: Prohíbase la colocación de elementos de cualquier naturaleza que impidan el estacionamiento de vehículos en lugares de la vía pública que no estén especialmente autorizados por la autoridad competente por parte de vecinos y/o comerciantes frentistas.

Quedan exentos los lugares que fueran autorizados especialmente por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos por resolución administrativa fundada. Artículo 2º.- La Autoridad de Aplicación será la Dirección de Tránsito y Transporte que efectuará el control y redactará el acta correspondiente, aplicándose para su juzgamiento el Código de Procedimientos en Materia de Faltas Municipales ( Ordenanza Nº 17.938 y modificatorias). Artículo 3º.- La multa mínima será de 10 juristas, graduándose de acuerdo al lugar de la infracción. Artículo 4º.- De forma.
El Proyecto de Ordenanza pasó este jueves 11 de septiembre a la Comisión de Servicios Públicos para su tratamiento.