Concordia, Entre Ríos ARG
Jueves, 28 Marzo 2024
   
Información General  Sábado 19 de Abril del 2014 - 11:33 hs.                571
  Información General   19.04.2014 - 11:33   
Jorge Monge es el autor de la iniciativa.
Analizan derogar la disposición que descuenta la mitad de los haberes al personal policial bajo proceso judicial.
Impulsaron en la Cámara de Diputados un proyecto de Ley por el que se pretende reformar el Reglamento General de la Policía de Entre Ríos para que no se retenga la mitad de los haberes al personal bajo proceso judicial, ya que constituye una sanción anticipada que vulnera el principio de inocencia, es discriminatorio respecto de otros funcionarios públicos y es claramente confiscatorio.

En la última sesión tomó estado parlamentario y fue girado a la comisión de Legislación General un proyecto de Ley por el que se introducirán modificaciónes a la Ley 5654, por lo que el personal bajo proceso o privado de su libertad en sumario judicial no dejaría de percibir el 100 por ciento de su sueldo.

El autor de la iniciativa, Jorge Monge, explicó que la retención dispuesta en el artículo 145 del Reglamento General de Policía, en su redacción actual, de la mitad de los haberes al personal policial bajo proceso judicial, constituye sin hesitación alguna, una sanción anticipada que vulnera el principio de inocencia, es discriminatorio respecto de otros funcionarios públicos y resulta claramente confiscatorio, ya que en la casi totalidad de los casos, estos haberes son el único ingreso con que cuentan los funcionarios policiales, para satisfacer las necesidades mínimas indispensables de la familia, dado que tienen vedado –con escasísimas excepciones- realizar otra actividad remunerada”.

En ese marco, el legislador apuntó que quienes se ven sometidos a proceso, “se encuentran en una situación de flagrante injusticia, en virtud de que se alteran de manera ilegítima e inconstitucional, no solamente la presunción de inocencia y debido proceso legal –artículo 18 de la Constitución Nacional-, sino también el derecho previsto en el artículo 8 segundo párrafo de la Convención Americana de los Derechos Humanos y el artículo 26 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre”. Asimismo, apuntó que la norma, cuya modificación se propicia, “además viola el principio de igualdad, ya que ningún otro empleado público de la provincia en el momento de ser procesado, se le realiza un descuento automático como prevé el artículo 145 de la ley 5654/75″. En ese marco, Monge recordó que existen altos funcionarios del Estado entrerriano que siguieron en el ejercicio pleno de sus funciones cobrando la totalidad de sus haberes aún después de haber sido procesados e incluso condenados hasta que la sentencia quedara firme, como pasó con el presidente Municipal de Santa Elena, Daniel Rossi, quien no obstante ser condenado por delito contra la Administración Pública, cobró sus haberes hasta que estuvo firme la condena e igualmente siguió cobrando su jubilación como ex vice-gobernador.

El legislador radical aclaró que la propuesta no está vinculada a ningún hecho en particular -como las consecuencias de los casos de diciembre, por sedición- sino que tendrá un efecto general para todos los casos, ya que responde a lo que la Corte Suprema Justicia de la Nación determinó al interpretar el artículo 16 de la Carta Magna federal donde definió a la igualdad, acuñando un concepto que la expresa como ‘el derecho a que no se establezcan excepciones o privilegios que excluyan a unos de lo que se concede a otros en iguales circunstancias’.